En la provincia de Córdoba, al igual que en el resto de España, es obligatorio obtener un certificado energético para la venta o alquiler de un inmueble. Este documento evalúa la eficiencia energética del edificio en una escala de A a G. A continuación, responderemos a las dudas más comunes relacionadas con los requisitos para conseguir la certificación energética en Córdoba.
Requisitos para Obtener el Certificado Energético en Córdoba
Para obtener el certificado energético en la provincia de Córdoba, hay una serie de pasos y requisitos a cumplir:
- Solicitar presupuesto a varios profesionales o empresas especializadas en certificación energética.
- Negociar el precio y acordar la fecha de inspección del inmueble.
- Permitir la inspección del inmueble para recopilar los datos necesarios.
- El técnico cualificado calificará la eficiencia energética del edificio y elaborará el certificado correspondiente.
- Realizar el pago correspondiente a los honorarios del técnico y recibir el certificado.
- Evaluar el servicio prestado por el técnico certificador.
Trámites y Costes del Certificado Energético en Córdoba
Los costes del certificado energético en Córdoba pueden variar dependiendo del tamaño y la ubicación del inmueble, así como de los honorarios del profesional. Por lo general, el precio suele oscilar entre 60€ y 130€ para una vivienda de 50-100m2. Además, es necesario tener en cuenta las tasas administrativas de cada Comunidad Autónoma.
Es importante destacar que el propietario es el responsable de pagar y registrar el certificado energético. La validez de este documento es de 10 años, pero deberá renovarse en caso de que se realicen modificaciones en el inmueble. Las tasas de registro varían según la región en la provincia de Córdoba y pueden ser gratuitas en algunas comunidades autónomas.
Normativa y Obligatoriedad del Certificado Energético en Córdoba
El certificado de eficiencia energética es de carácter obligatorio para propietarios que deseen vender o alquilar un inmueble en la provincia de Córdoba. Este documento debe ser emitido por técnicos habilitados, como arquitectos e ingenieros, y es necesario en diversos tipos de edificios, excluyendo aquellos protegidos, temporales, industriales o con menos de 50m2 de superficie.
Además, el certificado energético es requerido en edificios nuevos, de la administración pública, comerciales, educativos, de salud, deportivos, así como en casos de reformas importantes o para la Inspección Técnica del Edificio (ITE). La normativa que regula este proceso está establecida en el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio.
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