El certificado energético es un documento obligatorio en España que evalúa la eficiencia energética de un inmueble. Sin embargo, no todas las viviendas están sujetas a esta obligación.
Viviendas exentas del certificado energético
Existen ciertos casos específicos en los que una vivienda está exenta de tener un certificado energético. Uno de ellos es cuando el edificio sea utilizado por una autoridad pública y tenga una superficie útil inferior a 250m2. En este caso, no es necesario obtener el certificado energético.
Otro caso es cuando la vivienda se alquile por menos de cuatro meses al año
Si la vivienda se alquila por un período inferior a cuatro meses al año, estará exenta de requerir el certificado energético. Esto se aplica a viviendas utilizadas para alquileres turísticos estacionales, por ejemplo.
El uso exclusivo de la vivienda durante menos de cuatro meses al año también se considera exento
Si la vivienda es utilizada exclusivamente por su propietario durante menos de cuatro meses al año, no es necesario obtener el certificado energético. Este caso se aplica a segundas residencias o viviendas de vacaciones.
Exención | Descripción |
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Autoridad pública | Si el edificio es utilizado por una autoridad pública y tiene menos de 250m2 de superficie útil. |
Menos de 4 meses de alquiler | Si la vivienda se alquila por menos de cuatro meses al año. |
Uso exclusivo del propietario | Si la vivienda es utilizada exclusivamente por el propietario durante menos de cuatro meses al año. |
Aunque estas viviendas estén exentas de obtener el certificado energético, es importante tener en cuenta que una mayor eficiencia energética no solo ayuda a reducir costos, sino que también contribuye a la protección del medio ambiente. Te animamos a comentar tu experiencia o compartir tus dudas sobre qué viviendas están exentas del certificado energético.